¿QUIENES PUEDE PRESENTAR SOLICITUDES DE RENOVACIÓN?
Exclusivamente aquellos titulares de establecimientos de hostelería que hayan sido autorizados para la instalación de terrazas en el presente ejercicio (año 2019) y por un periodo de funcionamiento anual.
REQUISITOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE RENOVACIÓN:
CARACTERÍSTICAS DEL MOBILIARIO Y DEMÁS ELEMENTOS INSTALADOS EN TERRAZAS:
Con la renovación de la terraza el interesado solo podrá disponer de la superficie de terraza y de los elementos que actualmente tiene aprobados.
No es posible modificar o introducir elementos distintos a los autorizados.
Si el interesado pretende modificar alguno de los elementos o superficie autorizados, no podrá aplicar el presente procedimiento de renovación. Deberá presentar una instancia general de solicitud de terraza por periodo de funcionamiento anual, señalando la superficie o los nuevos elementos que solicita instalar, con la documentación exigida que proceda.
DURACIÓN MÁXIMA DE LA RENOVACIÓN AUTOMÁTICA:
La renovación tendrá un periodo máximo de duración de cuatro años, pudiendo solicitarse un periodo inferior (mínimo 1 año, máximo 4 años).
TASA:
El importe de la tasa vendrá determinado por la cuota tributaria fijada en la ordenanza fiscal reguladora que se encuentre en vigor.
PROCEDIMIENTO. EJERCICIOS:
PRIMER EJERCICIO
El primer año de la solicitud deberá abonarse la tasa. Plazo máximo: hasta el día 15 de diciembre de 2019, inclusive.
Si el interesado cumple con las condiciones exigidas en la ordenanza se dictará resolución de autorización por los periodos solicitados.
Si el interesado no cumple con las condiciones exigidas en la ordenanza se dictará resolución de devolución de la tasa abonada anticipadamente.
EJERCICIOS SIGUIENTES
En los ejercicios siguientes tras la resolución de autorización, no será necesario presentar nueva solicitud, sino que será suficiente (y preceptivo) el pago de la tasa de cada año con anterioridad al inicio del periodo correspondiente de instalación de la terraza.
Se establecerá un procedimiento en sede electrónica para facilitar el abono de la tasa cada año. El pago supondrá la autorización automática para ese ejercicio.
DESISTIMIENTO:
El interesado podrá en cualquier momento dejar sin efecto la renovación automática mediante comunicación expresa dirigida al negociado de movilidad urbana.
La resolución de concesión puede dejarse sin efecto a solicitud del interesado.
En estos casos, si desea, no obstante, disponer de terraza (fuera del régimen de renovación) deberá presentar dentro del plazo establecido una instancia general de solicitud de terraza (procedimiento ordinario) con los elementos y superficies que pretenda instalar.
SUSPENSIÓN O REVOCACIÓN
El ayuntamiento ostentará la facultad de suspender o revocar las autorizaciones otorgadas en cualquiera de los ejercicios que hayan sido autorizados con la renovación.