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TERRAZAS 2020 - SOLICITUD DE LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CON MESAS, SILLAS, TOLDOS Y PLATAFORMAS. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO ESTACIONAL

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TERRAZAS 2020 - SOLICITUD DE LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CON MESAS, SILLAS, TOLDOS Y PLATAFORMAS. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO ESTACIONAL

Desde el día 01/09/2019 hasta el día 31/12/2019

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  • Plano acotado, con definición exacta de su ubicación, distancias a fachadas y bordillos, superficie a ocupar, número y colocación del mobiliario (solamente necesario en caso de nuevas terrazas, o si cambian las características de la terraza (número de mesas / situación) respecto al ejercicio anterior).
  • En el caso de encontrarse en tramitación la concesión de licencia de apertura, o un cambio de titularidad en la misma, deberá presentarse la justificación de la oportuna solicitud, o de la comunicación realizada a dichos efectos.
  • En caso de solicitar toldo nuevo deberá aportar
    • Certificado que justifique las características de comportamiento al fuego.
    • Si fuera toldo desplazable además, será necesario adjuntar croquis con las medidas y Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil
  • En caso de terraza de veladores en suelos de titularidad privada, se tendrá que acompañar la acreditación de la propiedad o el título que habilite para la utilización privativa del espacio.

 

DOCUMENTACIÓN QUE SE RECOMIENDA APORTAR:

  • Licencia de actividad del establecimiento comprensiva de la autorización para la realización de las obras e instalaciones de la actividad, así como de la autorización para el funcionamiento de la misma, o en su caso la comunicación  realizada a efectos de cambio de titularidad.
  • Recibo del pago de la tasa del ejercicio anterior.

 

TASA:

  • Para el otorgamiento de este tipo de licencias, será requisito imprescindible que no se tengan débitos atrasados por este concepto (Art. 11).
  • La cuantía de la tasa   está en función   de   la superficie ocupada por los aprovechamientos expresada en metros cuadrados y de  los periodos considerados. Las TARIFAS DE LA TASA serán las que estén vigentes en la ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE DOMINIO PUBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA
  • Además deberá tenerse en cuenta que si se instala un toldo desplazable, la tasa a pagar se incrementará por metro cuadrado o fracción y año, en un 20% de las tarifas aprobadas.
  • Se podrá renunciar a toda o parte de la concesión, dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la misma, siempre que no se haya ocupado la vía pública.

SOLICITUD DE PERIODO ESTACIONAL: del 1 de septiembre al  31 de diciembre de 2019. La presentación de solicitudes fuera de este plazo conlleva el pago de una tasa de 63 €

LAS MODIFICACIONES SOBRE LO AUTORIZADO PODRÁN REALIZARSE EN CUALQUIER MOMENTO DEL AÑO, AUNQUE ESTARÁN SUJETAS A UNA TASA DE TRAMITACIÓN  DE 63 €

SE ADVIERTE EXPRESAMENTE que la presentación de la solicitud de terraza fuera del plazo anterior, así como la tramitación de cualquier modificación de la autorización ya concedida, se encontrará sujeta a la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal correspondiente, excepto en los casos de los establecimientos de nueva implantación (artículo 21-2)

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE - P0200300B
Plaza de la Catedral S/N
02071 Albacete
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