¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR LA OCUPACIÓN?
Las personas físicas o jurídicas que vayan a ocupar temporalmente la vía pública.
¿CÓMO PUEDE SER SOLICITADA?
En la sede electrónica, mediante la presentación de esta instancia, incluyendo el formulario y la autoliquidación de las tasas.
Tratándose de personas físicas, el interesado podrá elegir presentar la solicitud en sede electrónica o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Albacete, con el formulario que se encuentra a su disposición y autoliquidando las tasas.
REQUISITOS
Deberá presentar la solicitud, con toda la documentación y datos exigidos, con una antelación mínima de 20 días hábiles a la fecha prevista para la ocupación.Deberá abonar, mediante autoliquidación, las tasas correspondientes para que se tramite su solicitud.
AUTORIZACIÓN PREVIA
La instalación de andamios, plataformas elevadoras, casetas, vallados de obra, silos y demás instalaciones análogas, está condicionada a la autorización previa por parte del Ayuntamiento y se deberán cumplir las especificaciones técnicas que se indiquen en la resolución de autorización.
Las instalaciones que no cuenten con autorización previa darán lugar a la imposición de las sanciones correspondientes, a la retirada de las mismas y a la liquidación de la tasa que se hubiese devengado.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD