Introducción: Tras la aprobación de las subvenciones de la convocatoria para el desarrollo de programas y actividades de interés general de las Asociaciones Socio sanitarias y de personas con discapacidad durante el ejercicio 2019, las asociaciones beneficiarias justificarán las subvenciones concedidas, con el límite máximo del 31 de marzo del 2020.
Normativa aplicable: Bases publicadas en el BOP de fecha 27 de febrero de 2019 y convocatoria concreta publicada en BOP de fecha 29 de marzo de 2019.
Requisitos: La justificación de la subvención se efectuará por medio de cuenta justificativa a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete, acompañada de la siguiente documentación:
1.- Memoria final detallada del proyecto, que describirá los objetivos y resultados conseguidos. (Anexo G)
2.- Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto del coste de las actividades realizadas que contendrá:
Todos los documentos justificativos del gasto digitalizados deberán ir con estampillado en el que conste el importe que se imputa a la subvención objeto de justificación (ejemplo: “Factura justificada en el Ayuntamiento de Albacete, en la convocatoria del año 2.0__. Cantidad justificada: importe en €”).
Del total de la subvención aprobada se podrá justificar un 10%, como máximo, en gastos indirectos (material de oficina, gestión teléfono…)
Los anexos, serán cumplimentados y una vez guardados, serán adjuntados a través de este trámite electrónico; al igual que cada una de las facturas numeradas.
PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR
Anexos: G, H, I, J, K