OBJETO
La concesión de ayudas económicas de pago único por nacimiento o adopción de hijos/as en el municipio de Albacete, con la finalidad de paliar, en parte, el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos iniciales que se producen tras el nacimiento y/o adopción o acogimiento de un hijo/a, así como dinamizar el comercio de proximidad.
DESTINATARIOS/AS
Los progenitores adoptantes o guardianes preadoptivos (o progenitor/a, adoptante o acogedor/a en caso de una familia monoparental) de niños o niñas, nacidos, o en su caso adoptados o acogidos, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2026.
Este trámite puede ser iniciado por 1 o por 2 interesados/as. Consulte en las bases los distintos casos, así como en qué circunstancias es obligatorio adjuntar el poder de representación.
En caso de iniciarse por 2 interesados/as, se deben incluir los datos de ambos en el paso 1 del trámite, utilizando para ello el botón AÑADIR INTERESADO. En este caso, ambas personas deberán firmar la solicitud.
REQUISITOS
a) Tener residencia legal en el municipio de Albacete.
b) Encontrarse empadronados o, al menos, uno de los solicitantes junto al menor dentro del término municipal de Albacete, sus pedanías y entidades menores. El empadronamiento en la ciudad de Albacete, sus pedanías o entidades menores de la o las personas solicitantes debe ser de, al menos, 3 años ininterrumpidos antes de la presentación de la solicitud.
c) En caso de adopción o acogimiento preadoptivo, que el adoptado/a o acogido/a no supere la edad de 5 años a la fecha de presentación de la solicitud.
d) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que imposibiliten la obtención de la condición de beneficiarios/as de subvenciones.
e) Estar al día con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener ninguna otra deuda pendiente con el Ayuntamiento de Albacete en el momento de la presentación de la solicitud.Bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete nº 101, de fecha 31 de agosto de 2026.
INSTRUCCIONES
Por favor, lea atentamente las siguientes instrucciones antes de iniciar la solicitud. También las tiene disponibles para su descarga en el documento en PDF que puede encontrar más abajo.
Según las bases, y dependiendo del caso, la solicitud deberá ser presentada y firmada por una sola persona progenitora/adoptante/acogedora, o bien, por dos:
Al inicio del trámite (fase 1), deberá utilizar el botón AÑADIR INTERESADO para introducir los datos de la única persona que iniciará y firmará la solicitud.
En la fase 3 del trámite, se deberá marcar el CASO 1.
En la fase 6 del trámite (firma), se pedirá la firma de la única persona interesada.
Al inicio del trámite (fase 1), deberá utilizar el botón AÑADIR INTERESADO para introducir los datos de la persona que va a firmar la solicitud.
En la fase 3 del trámite, marcará el CASO 2.
En esta misma fase 3, al aportar la documentación, deberá adjuntar un poder de representación mediante el cual, la persona progenitora/adoptante/acogedora que no firme la solicitud, autorice a realizar el trámite
En caso de custodia compartida, se podrá solicitar que el importe de la ayuda se reciba al 50 % por cada persona progenitora/adoptante/acogedora. Esta opción se podrá seleccionar al rellenar el formulario de solicitud que se mostrará en pantalla.
En la fase 6 del trámite (firma), solo deberá firmar la persona que ha iniciado la solicitud.
Al inicio del trámite (fase 1), se deberán introducir los datos de las 2 personas que iniciarán y firmarán la solicitud.
Utilizarán el botón AÑADIR INTERESADO para introducir los datos de la primera de ellas y, antes de continuar a la fase 2 del trámite, deberán hacer clic nuevamente en el botón AÑADIR INTERESADO para introducir los datos de la segunda.
En la fase 3 del trámite, deberán marcar CASO 3.
Puesto que ambas personas firmarán la solicitud, no se les pedirá el poder de representación.
En la fase 6 del trámite, deberán firmar ambos interesados. Para ello, es imprescindible haber indicado 2 interesados al inicio del trámite.
INFORMACIÓN SOBRE LA FIRMA DE LA SOLICITUD
La firma se podrá realizar con certificado electrónico (recomendado), o bien, presencialmente, acudiendo a la Oficina Municipal de Información a la Ciudadanía (OMACi), calle Iris, 9.
En el caso 3, en el que ambas personas progenitoras adoptantes/acogedoras deben firmar la solicitud, no es obligatorio que lo hagan de la misma forma, pudiendo hacerlo cada una de ellas de cualquiera de las dos formas. Sin embargo, no se considerará firmada la solicitud hasta que se hayan realizado las dos firmas.DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ADJUNTAR
PLAZO PARA RESOLVER
3 meses.
EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Desestimatorio.
DATOS DE CONTACTO PARA MÁS INFORMACIÓN
Servicio de Acción social: accion.social@albacete.es