OBJETOEl objeto del presente trámite consiste en la solicitud de concesión de ayudas para la adquisición de material escolar a las familias de alumnos que cursen estudios en el segundo ciclo de Educación infantil (desde 3 años), Educación primaria y Educación especial, en centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio de Albacete.DESTINATARIOS/ASPodrán ser beneficiarios/as de estas ayudas los progenitores, tutores o representantes legales de aquellos alumnos/as, empadronados en el municipio de Albacete, con una antigüedad mínima de seis meses, que estén cursando o vayan a cursar el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial en los centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio de Albacete, que cumplan todos los requisitos previstos en las bases generales reguladoras y en la convocatoria específica.CASOS: Este trámite electrónico puede ser iniciado por ambos padres/madres/tutores/representantes legales. Al comenzar la solicitud electrónica, podrá elegir si el trámite es realizado por una o por dos personas solicitantes. Por favor, antes de iniciar la solicitud, lea atentamente las instrucciones que deberá seguir en cada caso:IMPORTANTE: EN EL CASO 3 (DOS PROGENITORES QUE FIRMAN LA SOLICTITUD), ES NECESARIO INICIAR EL TRÁMITE CON 2 INTERESADOS
FIRMA DE LA SOLICITUD: En cualquiera de los 3 casos anteriores, la firma se podrá realizar de manera electrónica (con certificado digital o DNI electrónico) o presencialmente, en el Registro del Ayuntamiento de Albacete (c/ Iris, 9)En el caso 3, no es obligatorio que ambas personas firmen de la misma forma, pudiendo hacerlo una de ellas electrónicamente y la otra presencialmente, pero la instancia no se considerará firmada hasta que hayan firmado ambas.ACTUACIÓN POR MEDIO DE REPRESENTANTE:
REQUISITOS
REQUISITOS DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLESa. Solamente es subvencionable con cargo a la presente convocatoria el material de uso escolar fungible (bolígrafos, folios, libretas, gomas, cuadernos, rotuladores, instrumentos musicales para el desarrollo del curso, etc… incluidos materiales curriculares del segundo ciclo de infantil y cuadernillos de un solo uso…).
b. En particular, quedan excluidos los gastos correspondientes a la adquisición de uniformes, ropa deportiva, dispositivos y material informático o electrónico, así como los productos o artículos de aseo personal, como toallitas, pañuelos, papel higiénico o similar.
c. Únicamente se admitirán los gastos de adquisición de material escolar realizados en el periodo comprendido entre el 18 de junio 2025, y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los gastos se considerarán realizados en la fecha que conste en la factura.
DETERMINACIÓN DE LA CUANTÍA MÁXIMA INDIVIDUAL POR ALUMNO/ALa cuantía máxima individual de la ayuda por alumno/a dependerá, en todo caso, de la etapa educativa que esté cursando el alumno/a en el curso escolar al que corresponda la convocatoria. En el caso de educación especial, se tendrá en cuenta la etapa y nivel en el que se encuentre el alumno matriculado bien sea en el segundo ciclo de educación infantil o educación primaria.Etapa educativa Importe máximoEducación infantil (2º ciclo) 120 €Primaria 80 €
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN DE LA AYUDA
El único criterio de adjudicación de la ayuda económica es la renta per cápita de la unidad familiar, teniendo preferencia las rentas inferiores respecto de las superiores, hasta el agotamiento de la partida presupuestaria. En caso de empate, se dará prioridad al orden de entrada de la solicitud de ayuda en el Registro de entrada del Ayuntamiento.La renta per cápita de la unidad familiar se determinará de acuerdo con las reglas establecidas en las bases generales de la convocatoria.
CUANTÍA TOTAL DESTINADA A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONESLa cuantía total prevista para la presente convocatoria de ayudas asciende a 105.000 €.DOCUMENTACIÓN
Obligatoria en todas las solicitudes:
Otra documentación, según las circunstancias que se especifican a continuación:
PLAZO PARA RESOLVEREl acuerdo de concesión de las ayudas deberá ser adoptado por la Junta de Gobierno Local antes de la finalización del ejercicio 2025.SENTIDO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVODesestimatorio.DATOS DE CONTACTO PARA MÁS INFORMACIÓNNegociado de EducaciónEmail: educacion@albacete.es (preferible la comunicación a través de esta vía) Teléfono: 967596138