OBJETOAyudas económicas para el pago de la tasa de recogida de basuras, ya abonada por la persona beneficiaria y correspondiente al año 2024.DESTINATARIOSTendrán derecho a la ayuda económica por recogida de basura correspondiente al año 2024:
A efectos de la solicitud se considera pensionista con derecho a esta devolución cualquier persona beneficiaria de una pensión mínima contributiva, o no contributiva, a cargo de la Seguridad Social o del órgano competente de los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma, en concepto de jubilación, invalidez, incapacidad permanente, total o absoluta, viudedad, orfandad, en favor de familiares y SOVI (seguro obligatorio de vejez e invalidez). En caso de concurrir en la misma persona dos o más pensiones, la suma de ellas no podrá exceder de 1.691,30 € (que se corresponde con el mínimo de la pensión más elevada en el año 2025).
REQUISITOSLas personas solicitantes han de estar empadronadas en la ciudad de Albacete y ser su domicilio habitual. La vivienda habitual que dará derecho a la devolución de la tasa será aquella donde resida la persona pensionista y en la que esté empadronada. En el caso de que la persona solicitante haya tenido varios domicilios en el padrón el año 2024, se podrá prorratear la cantidad total anual de la tasa entre cada una de ellos de acuerdo al tiempo de permanencia en cada vivienda, siempre que se justifique debidamente y sin que el importe total abonado pueda superar el importe total anual de la tasa.En el caso de que la persona solicitante no sea titular del contrato de basuras por tener la vivienda arrendada, deberá aportar contrato de alquiler y justificante de la persona titular del contrato de basuras de no tener deudas de basuras.
El extracto de la convocatoria ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete nº 25, de fecha 3 de marzo de 2025.