OBJETOLos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción en el Padrón Municipal cada 2 años deberán confirmar periódicamente su residencia en el municipio.Esta confirmación supondrá la ratificación de los datos que ya constan el en Padrón, cumplimentando una declaración de continuar viviendo en España y su voluntad de confirmar su inscripción en el municipio de Albacete.A estos efectos, con una antelación de tres meses a la fecha límite de confirmación, comunicada por el Instituto Nacional de Estadística, el Ayuntamiento remitirá un preaviso a las personas que están obligadas a confirmar su inscripción de empadronamiento.En caso de que no se produzca la confirmación, se tramitará un expediente de baja por inclusión indebida en el Padrón, concediéndose al interesado un plazo de quince días para regularizar su situación padronal y advirtiéndole de que, en caso contrario, se continuará el procedimiento de baja hasta su resolución.La tramitación de un cambio de domicilio o de una modificación de datos personales supondrá la confirmación de la inscripción padronal.DESTINATARIOSLos ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como de los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios) y aquellos que tienen autorización de residencia de larga duración.REQUISITOSLa confirmación del domicilio se realizará:
Es imprescindible acompañar la documentación siguiente:
PLAZO PARA RESOLVER
Tres meses
EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Positivo