OBJETO
Presentar la memoria de actividades y justificación de las subvenciones para asociaciones vecinales concedidas en el ejercicio 2024.
DESTINATARIOS
Asociaciones vecinales a las que se les concedió subvención en la convocatoria de 2024.
REQUISITOS
Presentar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Albacete, los anexos del trámite hasta el 31 de marzo de 2025 y teniendo en cuenta las bases generales y la convocatoria específica de subvención para asociaciones vecinales en el año 2024.
JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DE ASOCIACIONES VECINALES CONVOCATORIA 2024
Las asociaciones beneficiarias justificarán al Ayuntamiento de Albacete la subvención concedida dentro del primer trimestre del año siguiente a su concesión (límite máximo establecido 31 de marzo de 2025) y con los criterios que en dichas bases se fijan.
Se efectuará por medio de cuenta justificativa a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete, acompañada de la siguiente documentación:
1. Memoria final detallada del proyecto, que describirá los objetivos y resultados conseguidos.(Anexo D)
2. Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto del coste de las actividades realizadas que contendrá:
a) Relación numerada de facturas con indicación de proveedor, concepto, actividad que se justifica, cantidad total de la factura y cantidad justificada con la misma a este Ayuntamiento (Anexo E)
b) Declaración responsable del/de la beneficiario/a de que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y proyecto presentado (Anexo F).
c) Todos los documentos justificativos del gasto digitalizados, con estampillado en el que conste el importe que se imputa a la subvención objeto de justificación (ejemplo: “Factura justificada en el Ayuntamiento de Albacete, en la convocatoria del año 2.0__. Cantidad justificada: importe en €”).
Dichas facturas deberán corresponder a los conceptos de subvencionados, sin tener porqué alcanzar la totalidad recibida para cada concepto, permitiéndose justificar en el concepto de “actividades culturales” el importe no justificado en el concepto de “fiestas de los barrios”.