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TERRAZAS 2025 - SOLICITUD DE LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CON MESAS, SILLAS, TOLDOS Y PLATAFORMAS. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO ANUAL Y ESTACIONAL

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TERRAZAS 2025 - SOLICITUD DE LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CON MESAS, SILLAS, TOLDOS Y PLATAFORMAS. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO ANUAL Y ESTACIONAL

Desde el día 01/09/2024 hasta el día 31/10/2024

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  • Plano acotado, con definición exacta de su ubicación, distancias a fachadas y bordillos, superficie a ocupar, número y colocación del mobiliario (solamente necesario en caso de nuevas terrazas, o si cambian las características de la terraza (número de mesas / situación) respecto al ejercicio anterior).
  • En el caso de encontrarse en tramitación la concesión de licencia de apertura, o un cambio de titularidad en la misma, deberá presentarse la justificación de la oportuna solicitud, o de la comunicación realizada a dichos efectos.
  • En caso de solicitar toldo nuevo deberá aportar
    • Certificado que justifique las características de comportamiento al fuego.
    • Si fuera toldo desplazable además, será necesario adjuntar croquis con las medidas y Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil
  • En caso de terraza de veladores en suelos de titularidad privada, se tendrá que acompañar la acreditación de la propiedad o el título que habilite para la utilización privativa del espacio.

DOCUMENTACIÓN QUE SE RECOMIENDA APORTAR:

  • Licencia de actividad del establecimiento comprensiva de la autorización para la realización de las obras e instalaciones de la actividad, así como de la autorización para el funcionamiento de la misma, o en su caso la comunicación  realizada a efectos de cambio de titularidad.
  • Recibo del pago de la tasa del ejercicio anterior.

TASA:

  • Para el otorgamiento de este tipo de licencias, será requisito imprescindible que no se tengan débitos atrasados por este concepto (Art. 11).
  • La cuantía de la tasa   está en función   de   la superficie ocupada por los aprovechamientos expresada en metros cuadrados y de  los periodos considerados. Las TARIFAS DE LA TASA serán las que se aprueben para 2025 en la ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE DOMINIO PUBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA
  • Además deberá tenerse en cuenta que si se instala un toldo desplazable, la tasa a pagar se incrementará por metro cuadrado o fracción y año, en un 20% de las tarifas aprobadas.
  • Se podrá renunciar a toda o parte de la concesión, dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la misma, siempre que no se haya ocupado la vía pública.

SOLICITUD DE PERIODO ANUAL Y ESTACIONAL 2025:

  • ANUAL: Del 1 de SEPTIEMBRE al  31 de OCTUBRE de 2024.
  • ESTACIONAL: Del 1 de SEPTIEMBRE al 31 de OCTUBRE de 2024.

LAS MODIFICACIONES SOBRE LO AUTORIZADO PODRÁN REALIZARSE EN CUALQUIER MOMENTO DEL AÑO, AUNQUE ESTARÁN SUJETAS A UNA TASA DE TRAMITACIÓN  DE 63 €

SE ADVIERTE EXPRESAMENTE que la presentación de la solicitud de terraza fuera del plazo anterior, así como la tramitación de cualquier modificación de la autorización ya concedida, se encontrará sujeta a la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal correspondiente, excepto en los casos de los establecimientos de nueva implantación (artículo 21-2)

Documentación

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE - P0200300B
Plaza de la Catedral S/N
02071 Albacete
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