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CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES 2024 (LÍNEA 1)

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CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES 2024 (LÍNEA 1)

Desde el día 17/02/2024 hasta el día 15/03/2024


IMPORTANTE 

Este trámite es para solicitar la línea 1 de ayudas de la Convocatoria (ayudas para la realización de actividades culturales). 
Para solicitar las ayudas de la línea 2 (ayudas a la producción de obras y espectáculos culturales), utilice el siguiente enlace:

Convocatoria de ayudas a la producción (línea 2) 2024


Las personas solicitantes solo podrán presentar su solicitud en una de las dos líneas.
No se podrá presentar más de una solicitud por la misma asociación o colectivo para esta línea 1.

OBJETO

El objeto de la presente convocatoria es la asignación, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la realización de actividades culturales, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024 y dentro de los siguientes ámbitos:

a) Promoción de la artesanía y recuperación de las tradiciones
b) Promoción del patrimonio histórico y artístico
c) Conocimiento y difusión de la diversidad cultural
d) Debate y reflexión sociocultural.
e) Otras actividades culturales que incluyan cualquier tipo de programación musical, danza, artes escénicas, plásticas y otras.

DESTINATARIOS

Podrán acceder a las ayudas de esta línea 1 las asociaciones y colectivos legalmente constituidos del Municipio de Albacete y Entidad Local Menor de Aguas Nuevas, así como las personas físicas y jurídicas, todos ellos sin ánimo de lucro, entre cuyos fines se encuentre la promoción cultural, y que realicen actividades dentro del ámbito cultural en nuestro municipio.

REQUISITOS

Las solicitudes de subvención se formalizarán en instancia general suscrita por las asociaciones y personas interesadas, debiendo indicar en la misma:

- Actividad para la que se pretende la ayuda
- Presupuesto previsto para la realización de dicha actividad
- Importe de ayuda solicitada
- Lugar donde se va a realizar la actividad
- Fecha en que se va a llevar a cabo la actividad.

Si se presenta la solicitud mediante este trámite electrónico, estos datos se rellenarán mediante un formulario que aparecerá en pantalla.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

  1. Certificación expedida por los órganos representativos de la entidad, en el supuesto de asociaciones y otras entidades, en que se haga constar el número de socios y el presupuesto del ejercicio corriente (Anexo I)
  2. Memoria detallada de las actuaciones de todo tipo que haya desarrollado la entidad en el año precedente, salvo en el caso de asociaciones culturales de reciente creación.
  3. Declaración responsable de las ayudas solicitadas, recibidas o pendientes, de otras instituciones públicas o privadas, para la misma finalidad, en el presente ejercicio (Anexo II)
  4. Declaración responsable del sujeto beneficiario que recoja los siguientes extremos (Anexo III):
    - Acreditación por el sujeto propuesto como beneficiario de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. (Art. 13 Ley 38/2003 General de Subvenciones).
    - En particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la entidad local (Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete)
    - No estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en los números 2 y 3 del artículo 13 Ley General de Subvenciones, en relación con el art. 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
    - Que las actividades que se realicen sean sin ánimo de lucro.
  5. Programa y presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades previstas a realizar, para las que se solicita ayuda, en el que se hará constar información clara de los apartados recogidos en el Anexo IV (Línea 1)
  6. Otra documentación:
    - Si la entidad se presenta por primera vez a esta convocatoria, o ha modificado sus datos bancarios, deberá presentar, además, ficha de terceros según modelo oficial.
    - El Ayuntamiento podrá solicitar a la entidad la presentación de otros documentos para facilitar la resolución de la convocatoria.
     

Los beneficiarios deberán informar, en todo tipo de publicidad y difusión que se realice, del patrocinio de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Albacete, incorporando de forma visible el logotipo municipal correspondiente en el caso de que se trate de documentos escritos o audiovisuales.

Una vez recibida la subvención, se requerirá su justificación mediante la presentación de las facturas y su confirmación de cobro, teniendo en cuenta que solo se admitirán cobros en efectivo con importe inferior a 500€, incluyendo el nif, fecha y firma del cobrador; en caso de pago por transferencia o tarjeta deben añadir los justificantes de dichos movimientos.

PLAZO PARA RESOLVER

Seis meses a partir de la fecha de la convocatoria.

SENTIDO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

Desestimatorio.

LEGISLACIÓN APLICABLE

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • Instrucción de la Intervención General sobre subvenciones, aprobada por el Pleno Municipal en fecha 29 de enero de 2009.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto vigente.
  • Bases Generales Reguladoras para la concesión de ayudas para actividades culturales en el Municipio de Albacete.
  • Bases específicas de la convocatoria 2024.

El acuerdo de aprobación de la convocatoria 2024 ha sido publicado, en extracto, en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete nº 20, de fecha 16-02-2024.

CONTACTO

Podrán recabar información sobre el logotipo a utilizar, o sobre cualquier otro aspecto relacionado con esta convocatoria, en las oficinas del Servicio de Cultura y Festejos de este Ayuntamiento:
Plaza del Altozano, s/n (Museo Municipal) 
Tfno.: 967606101
Correo electrónico: cultura@albacete.es

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE - P0200300B
Plaza de la Catedral S/N
02071 Albacete
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