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JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A COLECTIVOS JUVENILES 2022

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JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A COLECTIVOS JUVENILES 2022

Hasta el día 31/03/2023


OBJETO

Presentar la memoria de actividades y justificación de las subvenciones para  las asociaciones juveniles, secciones juveniles y entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios a la juventud, correspondientes a la convocatoria de 2022.

DESTINATARIOS

Asociaciones juveniles, secciones Juveniles y entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios a la juventud a las que se les concedió subvención en la convocatoria de 2022.

REQUISITOS

Presentar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete los anexos del trámite hasta el 31 de marzo de 2023 y teniendo en cuenta las bases generales y la convocatoria específica de subvención para el apoyo a colectivos juveniles de 2022.

JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DE ASOCIACIONES VECINALES CONVOCATORIA 2022

La asociación beneficiaria justificará al Ayuntamiento de Albacete la subvención concedida dentro del primer trimestre del año siguiente a su concesión (límite máximo establecido 31 de marzo de 2023) y con los criterios que en dichas bases se fijan.

Se efectuará por medio de cuenta justificativa a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete, acompañada de la siguiente documentación:

  1. Memoria final detallada del proyecto, que describirá los objetivos y resultados conseguidos y la relación del material elaborado para la actividad (material impreso, audiovisual, publicaciones en prensa, RR.SS…) (Anexo F)
     
  2. Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto del coste de las actividades realizadas que contendrá:  
    a) Relación numerada de facturas con indicación de proveedor, concepto, actividad que se justifica, cantidad total de la factura y cantidad justificada con la misma a este Ayuntamiento 
    (Anexo G)
    b) Declaración responsable de la entidad beneficiaria de que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y proyecto presentado (Anexo H)
    c) Certificación de financiación del proyecto (Anexo I)
    d) Todos los documentos justificativos digitalizados deberán ir con estampillado en el que conste el importe que se imputa a la subvención objeto de justificación (ejemplo: “Factura justificada en el Ayuntamiento de Albacete, en la convocatoria del año 20__. Cantidad justificada: importe en €”).

Del total de la subvención aprobada se podrá justificar un 10 %, como máximo, en gastos indirectos (material de oficina, gestión teléfono…)

Gastos justificables:

Se consideran gastos justificables al amparo de lo previsto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aquellos vinculados a la ejecución del proyecto, pudiendo ser:

  • Gastos directos
    • Servicios relacionados con el desarrollo del proyecto
    • Suministros destinados exclusivamente a la realización de las actividades del proyecto
    • Gastos de funcionamiento relativos al proyecto
    • Gastos de personal con vinculación directa con el proyecto
       
  • Gastos indirectos: según lo previsto en el artículo 31.9 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se entenderán como tales los gastos corrientes de locales, suministros y material de oficina, viajes y desplazamientos derivados exclusiva y directamente del desarrollo del proyecto. Estos gastos indirectos no podrán superar el 10 % de la subvención solicitada ni de la concedida, en su caso.


DATOS DE CONTACTO PARA MÁS INFORMACIÓN

Negociado de Juventud
Teléfono: 967511020
Email: informacionjuvenil@ayto-albacete.es

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique con certificado digital o sistema Cl@ve
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE - P0200300B
Plaza de la Catedral S/N
02071 Albacete
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