AUTORIZACIÓN PREVIA
Toda obra, instalación o supresión de instalación a realizar en el vuelo, suelo o subsuelo de las vías y espacios públicos municipales, está sometida a la obtención previa de licencia y demás autorizaciones municipales.
La ejecución de acometidas en la vía pública está condicionada a la autorización previa por parte del Ayuntamiento, debiéndose cumplir con los requisitos y especificaciones técnicas que se indiquen en la resolución de autorización.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
- Memoria descriptiva en la que se indicará las razones que justifiquen la necesidad de ejecución de las obras.
- Plano de situación, especificando el trazado en planta de la actuación a realizar, así como cuantos detalles sean necesarios para la definición completa de la obra.
- Tiempo de duración estimado y programa de ejecución de la obra, en el que consten todas las actividades a realizar y las ocupaciones previstas de la vía pública.
- Presupuesto de ejecución material de la obra civil.